Sábado 16 de Agosto de 2014
Heber Ezequiel Bucetti, fue encontrado culpable del delito de “homicidio simple, agravado por el uso de arma de fuego” y “tenencia ilegal de arma de fuego de guerra”. El fallo generó satisfacción en los familiares y amigos de la víctima que acompañaron todo el proceso y aplaudieron la resolución final del Tribunal Oral en lo Criminal.
La emoción invadió ayer los rostros de familiares y amigos de Marcela Silva cuando el juez Miguel Angel Gaspari, leyó el fallo del Tribunal Oral en lo Criminal de nuestra ciudad, que condenó ayer a 21 años de prisión a Heber Ezequiel Bucetti, al encontrarlo culpable del delito de “homicidio simple, agravado por el uso de arma de fuego” y “tenencia ilegal de arma de fuego de guerra”.
“Me hubiese gustado que fuera perpetua pero de todas maneras estoy totalmente satisfecha con el trabajo de la Fiscalía, de mis abogados y porque siento que puse a mi hija en su lugar”, dijo Felisa Raquel Martínez, mamá de Marcela, después de conocer la resolución del Tribunal. Luego aseguró que “va a seguir luchando” contra la violencia de género y el femicidio.
La lectura del veredicto se desarrolló ante una sala de audiencias repleta de público y gente aguardando la resolución del juicio en el patio interno del palacio de tribunales.
“Que esté toda esta gente acá no es un hecho ordinario más para la ciudad en la que vivimos. La frialdad nos caracteriza y esto demuestra que se va rompiendo ese hielo”, sostuvo Andrés Silva, hermano de la víctima.
El acusado ausente
Quien no estuvo presente para escuchar el fallo del Tribunal fue el propio acusado, así como tampoco estuvo su abogado particular, el doctor Aquilino Giacomelli, ni los familiares que lo acompañaron durante el desarrollo del proceso.
Desde horas antes del comienzo de la última jornada de juicio, los afectos de Marcela Silva, junto a militantes de organizaciones de derechos humanos, de lucha contra la violencia de género y el femicidio con pancartas y banderas que reclamaban justicia por la mujer asesinada.
Parte de ese deseo finalmente se cumplió con el fallo del Tribunal, que le aplicó una pena alta, aunque por debajo de lo que había solicitado la Fiscalía y los abogados de la familia Silva.
Sin embargo, ambas partes se mostraron conformes con la resolución de los magistrados por considerar el caso como violencia de género.
Pruebas
Desde el primer momento no hubo dudas acerca de la autoría del hecho ya que el propio Bucetti se presentó poco después de cometer el homicidio en la Comisaría Primera y confesó el crimen. Sin embargo, a partir del trabajo realizado por la Unidad Funcional de Instrucción Nº 6, a cargo de la doctora Patricia Fernández y los abogados Ramiro Geber y Daniela Juri y las declaraciones de familiares y amigos de la víctima incorporadas durante la audiencia, el Tribunal pudo determinar los padecimientos de Marcela Silva a raíz de la tortuosa relación, así como también otros detalles sobre la personalidad del condenado y sobre la mecánica del hecho que aportaron psicólogos y peritos y que fueron determinantes al momento de meritar la pena.
Una de las pruebas más importantes fue el informe confeccionado por funcionarios de la Asesoría Pericial La Plata, el cual da cuenta de que “Bucetti desde un primer momento, al margen de que actuó con gran contenido emocional que no se puede desconocer, trató de presentarse como un enfermo psíquico y adoptó una actitud de franca simulación basada en la conjunción de síntomas de distintos cuadros psiquiátricos”.
Los peritos concluyeron que Bucetti refería una “amnesia en bloque que cubría un período de tiempo durante el cual llevó a cabo actos complejos, que de ningún modo podían ser considerados meros automatismos”. Además advirtieron la presencia de un cuadro de simulación caracterizado por la elaboración de una estrategia activa y consciente por la que teatralizó un estado de enfermedad con el fin de obtener un beneficio”.
Al margen de describir un cuadro de depresión el informe concluye que Bucetti “no presenta trastorno mental alguno que le impida conducirse normalmente; no es un alienado mental, ni un psicópata y en cuanto al momento del hecho, resaltaron que su capacidad de comprensión y discernimiento no estuvo anulada”.
Violencia de género
Al momento de contemplar los agravantes de la pena, el Tribunal coincidió con la Fiscalía y el particular damnificado en cuanto a la figura de violencia de género, teniendo en cuenta los síntomas previos de amenazas, acoso, manipulación y violencia presentes en este caso, que a menudo son desatendidos por las propias víctimas y en ocasiones hasta por el Estado mismo. Por ello consideró que esta cuestión debe ser contemplada como un mayor contenido injusto.
La extensión del daño causado, es otro de los agravantes incluidos, al considerar que se debe mensurar que la muerte de la joven Marcela Silva dejó sin madre a dos adolescentes que convivían con ella de manera satisfactoria.
También contempló el magistrado la violencia inusitada de Bucetti al efectuarle cuatro disparos a Silva dentro de un ámbito de reducidas dimensiones, en su propio domicilio, frente a una víctima indefensa y sorprendida que había acudido a visitarlo motivada por el afecto que aún le tenía pese a la interrupción de la relación.
Acusación
Al finalizar la lectura, la fiscal Patricia Fernández destacó “el monto de la pena que se le aplicó al señor Bucetti por el homicidio de Marcela Silva, que de haber sido consumado después de sancionada la ley que contempla el femicidio, hoy hubiese sido condenado a prisión perpetua, porque se lo encuadró en un caso de violencia de género como solicitaba la Fiscalía y el particular damnificado” y agregó que el fallo siente un “precedente importantísimo para Pergamino y el país”.
Por su parte, el abogado de la familia Silva, Ramiro Geber precisó que “fueron 18 días después cuando comenzó a ser operativa la ley de femicidio publicada en el Boletín Oficial el 14 de diciembre de 2012. Con el mismo marco probatorio, la condena hubiese sido perpetua” agregó.