Jueves 5 de Septiembre de 2013
El Tribunal Oral Criminal condenó a Santiago Willington, Mauro Sapia y Pablo Barella a la pena de cinco años de prisión por comercialización de estupefacientes, y a Martín Barella a ocho por el mismo delito al que se suma el homicidio culposo del que fue víctima María Bernarda Carretero.
A la hora de la lectura del veredicto, la sala estaba colmada de familiares y amigos de los imputados. Los hermanos Barella, haciendo uso del derecho que le corresponde, no concurrieron. Profundo dolor de la madre de “Poty” Carretero quien consideraba insuficiente la condena. Tornini dijo que presentará un hábeas corpus ante la Cámara a favor de Martín Barella. Constituido el Tribunal, el secretario Marcelo Mingoya dio lectura sólo al veredicto , el fallo había insumido 200 hojas. Aclaró que las condenas lo fueron por unanimidad y que los jueces votaron en este orden: Alejandro Gutiérrez, Gabriela Martínez y Marcelo Centeno. Los abogados defensores manifestaron que apelarán la sentencia. La parte resolutoria del fallo que en sus primeros párrafos resuelve la absolución de Raúl Omar Barella que había sido imputado del delito de encubrimiento en el episodio del accidente que costó la vida a María Bernarda Carretero, manifiesta:_ “Condenar a Martin Raul Barella por el delito de "Homicidio Culposo y Lesiones culposas agravadas por la conducción de un vehículo automotor", ambos ilícitos en Concurso; y por el delito de comercialización de sustancias a la pena de ocho años de prisión de efectivo cumplimiento, inhabilitación especial para conducir vehículos automotores por el termino de diez años, y multa de mil pesos ($1000), accesorias legales y costas. A Pablo Ariel Barella, Santiago Willington Orellana y Mauro Sapia por el delito de comercialización de sustancias estupefacientes , por ser considerados autores penalmente responsables (art. 45 del C.P.), a la pena de cinco años de prisión de efectivo cumplimiento, junto a una multa de pesos mil ($1000), accesorias legales y costas Ordénase el decomiso de las sustancias estupefacientes oportunamente incautadas, en un todo de acuerdo a las previsiones del art. 23 del C.P., librándose el oficio respectivo a La Fiscalía General Departamento. No a la excarcelación De acuerdo a las previsiones de los artículos 371, 173, 179 C.P.P: no hacer lugar a la excarcelación de Willington Orellana Santiago, Sapia Mauro y Barella Pablo manteniendo las detenciones de los encausados de acuerdo a lo ya resuelto por este Tribunal en los respectivos incidentes. Revóquese la eximición de prisión otorgada en causa nº 224/2438 (IPP4516). b) Disponer la inmediata detención del imputado Barella Martin en el marco del presente proceso. Recomendar al Ministerio Público, oficiándose a tal efecto a la Fiscalía General Departamental, el inicio de actuaciones a fin de deslindar la posible responsabilidad penal emergente por las acciones cumplidas, en relación a Leandro Nicolás Villani Mancuello y Alejandro Zelasqui, ahondando la actuado a la luz de este decisorio en aquello que hace al suministro y/o distribución de estupefacientes oportunamente a través del local Quitapenas” Con las penas impuestas y teniendo en cuenta que están en la cárcel desde mayo de 2011, Sapia, Willington y Pablo Barella podrán tener salidas laborales desde el próximo mes de noviembre, en marzo de 2014 estarán en condiciones de acceder a la libertad asistida y en septiembre a la condicional. El dolor de la madre Ester Márquez, la madre de “Poty” Carretero quien falleció como consecuencia de la colisión entre su moto y el Fiat Palio que conducía Martín Barella, no ocultaba el inmenso dolor que la atraviesa desde la muerte de su hija, el 15 de septiembre del año pasado. Calificó de poca a la pena para quien “envenenó a medio pueblo y mató a una mujer, madre de dos criaturas”. Asistida en todo momento por su hijo y su abogado, Alfredo Cibeira, no pudo retener el llanto y se fundió en largos abrazos con sus familiares y amigos que la acompañaban.