Viernes 7 de Febrero de 2014
La iniciativa, presentada por el titular del bloque, Carlos Fernández, dispone que el otorgamiento de las licencias estará a cargo del municipio que corresponda, previo informe de antecedentes que certifiquen que no existe impedimento para conducir en el territorio provincial y en cualquier otra jurisdicción del país.
En tanto, también se prohíbe la circulación en la vía pública municipal y provincial, excepto cuando reúnan los requisitos técnicos necesarios. Sin embargo, el municipio puede establecer un área de circulación alternativa para este tipo de vehículos.
Fernández indicó que “la aparición y masificación de cuatriciclos que en un principio la modalidad de uso era exclusivamente para actividades que se desarrollan en zonas rurales o para competencias obliga a contemplarlos entre las normativas del Código de Tránsito de la Provincia de Buenos Aires”.
“En la actualidad el vacío normativo ha llevado a que muchos municipios bonaerenses, y en especial los marítimos, dicten sus propias ordenanzas intentando encontrar un marco regulatorio para su uso”, sostuvo el legislador. (DIB)