Miércoles 29 de Junio de 2016

Las parteras también pueden atender y recetar fármacos a sus pacientes

  • Diario Democracia - Junin

El nuevo marco normativo reconoce funciones que muchas obstétricas venían realizando ya en su práctica habitual, como indicar a las embarazadas ácido fólico y vacunas del calendario oficial.

Aunque hace tiempo que el rol de las parteras no se limita al de asistir a los médicos en los partos, una reciente actualización de su ley de ejercicio profesional no sólo les reconoció funciones que muchas de ellas ya venían cumpliendo, sino que incorporó otras para las cuales estaban formadas aunque carecían de un marco legal. Gracias a ello, las licenciadas en Obstetricia hoy pueden indicar anticonceptivos, colocar DIU, atender a pacientes en su menopausia y hasta prescribir cierta medicación.

“Las responsabilidades que tradicionalmente competían a las obstétricas se han ampliado. Nuestro campo de acción hoy no sólo comprende el control del embarazo y la atención del parto y  posparto, sino también la salud sexual y reproductiva de las mujeres en todas las etapas de su vida”, comenta la presidenta del Consejo Superior del Colegio de Obstétricas de la Provincia de Buenos Aires, Alicia Cillo, en referencia al nuevo marco legal.

Y es que a partir de la promulgación de la ley 14.802, que vino a modificar el régimen de Colegiación Obstétrica, su trabajo abarca  tanto “funciones de promoción, prevención, recuperación y rehabilitación de la salud sexual y reproductiva de la mujer, en todos los niveles de atención” como de  “docencia, investigación, asesoramiento, administración de servicios y participación en el campo de pericias devenidas en el ámbito médico legal”.

Con el nuevo régimen, las licenciadas en Obstetricia tienen además la posibilidad de “prescribir vacunas del Calendario Nacional y fármacos del vademécum obstétrico, de acuerdo a las tareas de promoción y prevención de la salud”.

Diseñado en función de su perfil profesional, el vademécum obstétrico comprende una lista acotada de medicamentos para la prevención y promoción de la salud materno-infantil en la etapa preconcepcional, gestacional, el período del parto, el alumbramiento y puerperio: ácido fólico, hierro, antiespasmódicos, antinauseosos, anestésicos, ocitócicos, gammaglobulina anti Rh, y las diversas vacunas previstas en el calendario nacional.

Las obstétricas pueden asimismo brindar asesoramiento, consejería e indicar métodos anticonceptivos, colocar dispositivos intrauterinos (DIU) y realizar consultas que permitan detectar precozmente el cáncer cérvico-uterino y mamario a fin de lograr una derivación rápida al especialista que corresponda según cada situación.

Como explica la licenciada Sandra Zapiola desde el Colegio de Obstétricas, “la modificación de la ley de ejercicio profesional vino a convalidar funciones que muchas colegas venían realizando ya en la práctica cotidiana y a reconocer finalmente el alcance de nuestro título profesional”.

Para las pacientes, la reforma normativa implica “no sólo acceder a ciertos cuidados en forma más directa, sino también la posibilidad de no tener que recurrir necesariamente a un médico para que les firme las recetas para la farmacia o su obra social”.

Así, cada vez más lejos de ser consideradas meras colaboradoras del médico durante el parto, las obstétricas se afirman como parte del equipo multidisciplinario que atiende a las mujeres durante todo el ciclo de su salud reproductiva y sexual.


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